Entrevista | Franco Metaza sobre el Código de las Familias en Cuba para Prensa Latina

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El diplomático argentino Franco Maximiliano Metaza, director de Relaciones Internacionales del Senado de la Nación brindó declaraciones para la agencia de noticias cubana Prensa Latina donde destacó las posibilidades contenidas dentro del Código de las Familias en Cuba para las parejas homosexuales, entre las cuestiones más polémicas.

El nuevo Código de las Familias en Cuba tiene dentro de sus acápites el matrimonio igualitario, uno de los temas más atacados por los sectores conservadores y religiosos en el país.

Esa posibilidad o autorizo legal ¿qué ventajas/amparo/oportunidades, desde el punto de vista jurídico, concede a la pareja homosexual?

FM: El art. del Nuevo Código de las Familias establece: 

1. El matrimonio es la unión voluntariamente concertada de dos personas con aptitud legal para ello, con el fin de hacer vida en común, sobre la base del afecto, el amor y el respeto mutuos.

2. Constituye una de las formas de organización de las familias y se funda en el libre consentimiento y en la igualdad de derechos, deberes y capacidad legal de los cónyuges.

3. El matrimonio solo produce efectos legales cuando se formaliza ante el funcionario competente.  

Esta definición implica el reconocimiento de la igualdad de derechos y obligaciones de las parejas homosexuales respecto de las parejas heterosexuales, van desde la posibilidad de que la pareja homosexual pueda optar por el estatus de “cónyuge” y las retribuciones económicas que ello implica, hasta las cuestiones de filiación como la posibilidad de tener hijos para conformar una familia.

Por eso es muy importante que Cuba pueda aprobar este referéndum y me gustaría destacar la militancia, el esfuerzo, la lucha de la comunidad LGTBIQ+ en este trayecto. También el trabajo del Centro Nacional de Educación Sexual (CENESEX), que desde 2019 viene promoviendo en 2019 la incorporación del matrimonio igualitario en el texto de la nueva Constitución, y ahora impulsa la aprobación del Código de las Familias.

Ese derecho en específico ¿resta privilegios a otros sectores de la sociedad? (Obviamente no, pero quiero resaltar el absurdo de oponerse a un derecho como este).

FM: A diferencia de lo que puede suceder con otro tipo de instrumentos normativos donde se regulan cuestiones que implican intereses que pueden afectar más a unos que a otros, legislar a favor del matrimonio igualitario no implica quitarle beneficios y/o derechos a otros sectores. Por el contrario, se trata de una ampliación de derechos, más personas conquistan derechos que otros ya tenían.

Creo que esto es clave a la hora de dar el debate porque hay mucha desinformación lo cual puede ser aprovechado por aquéllos sectores conservadores que buscan imponer su visión para que no se logren avances tan importantes a nivel social. En definitiva se trata de construir una sociedad más igualitaria.

Como lo dijo nuestra entonces Presidenta Cristina Fernández de Kirchner en un discurso pronunciado con motivo de la promulgación de la Ley de Matrimonio Igualitario en Argentina:

(…) en realidad no hemos promulgado una ley, hemos promulgado una construcción social y como buena construcción social es transversal, es diversa, es plural, es amplia y no le pertenece a nadie, sino a quienes la construyeron: la sociedad. (Cristina Fernández de Kirchner, 21 de julio de 2010)

(Photo by YAMIL LAGE / AFP)

Respecto a otros países de América Latina, ¿cuán novedoso puede resultar este instrumento?

FM: Creo que la clave está en entender que es un impulso para continuar avanzando en la ampliación de derechos en la región y que ésta se constituya como un ejemplo a nivel mundial en este sentido. En caso de aprobarse, Cuba se convertirá en el noveno país de América Latina en reconocer el matrimonio igualitario.

Argentina fue el primer país es América Latina en aprobar el matrimonio igualitario en 2010. Lo siguieron Brasil y Uruguay en 2013; Colombia en 2016; Ecuador en 2019; Costa Rica en 2020; Chile en 2021. México, si bien no tiene una ley federal de matrimonio igualitario, aproximadamente 25 estados reconocieron y regularon el matrimonio igualitario entre 2010 (Ciudad de México) y 2021 (Veracruz). Cabe destacar que, en este recorrido, Bolivia permite la unión civil entre personas del mismo sexo a partir de 2020.

Como se puede ver, la región avanzó en legalizar el matrimonio igualitario. Si bien faltan países en hacerlo, en la perspectiva global se observa un progreso con respecto a otras regiones como Europa del Este, Asia (sólo Taiwán aprobó el matrimonio igualitario en 2019) o África (sólo Sudáfrica legalizó el matrimonio igualitario en 2006) donde hay poco o nulo avance en esta materia. En más, existen varios países que incluso criminalizan la homosexualidad por lo que hay mucho camino por recorrer en materia de ampliación de derechos, en los términos que mencioné anteriormente.

¿Cuán beneficiosa resultó la aprobación de la Ley de Matrimonio en Argentina en 2010?

FM: La aprobación del matrimonio igualitario en 2010 fue un hito fundamental en el camino de la igualdad en nuestro país. A partir de la sanción de la Ley 26.618, se aprobó la incorporación del matrimonio de personas del mismo sexo en el Código Civil de nuestro país, reconociéndoles igualdad de derechos y obligaciones que las personas heterosexuales, con todas las consecuencias legales, económicas y sociales que ello implica.

Pero uno de los beneficios que me interesa destacar, en términos del proceso que se dio y llevó a la sanción de la ley, fue que generó una sociedad más abierta o con una mirada más amplia y diversa. El debate generado a nivel nacional fue muy importante en ese sentido. De hecho, en el proceso de armado de esa ley se generaron instancias de participación de diversos sectores de la sociedad para poder alcanzar una ley lo más plural y democrática posible, donde por supuesto no faltaron las voces opositoras, plasmadas, al igual que sucede en Cuba con este referéndum, en los sectores más conservadores y religiosos. Pero la voluntad política para dar el debate existió y se constituyó en un ejemplo claro del ejercicio democrático, diverso, plural.

Por otro lado, no puedo dejar de mencionar, que la aprobación de la ley en Argentina fue un hito también para la región e incluso a nivel mundial. Nuestro país fue el primero en América Latina y el décimo en el mundo en aprobar el matrimonio igualitario. Este hecho fue y sigue siendo algo que se destaca y reconoce en diferentes instancias u organismos regionales (MERCOSUR, Unasur, CELAC, OEA) e internacionales (Naciones Unidas), entre otros, como un ejemplo y modelo a seguir. Para nuestro país constituye una bandera en materia de derechos humanos a la hora de pensar y proyectar nuestra política exterior.

En la práctica, ¿qué cambios representó, desde el punto de vista personal y social? 

FM: En términos personales, la conquista de este derecho en Argentina me permitió construir junto a mi pareja una familia con las mismas posibilidades e igual reconocimiento que cualquier otra, por parte de las instituciones que conforman nuestra sociedad. No sólo pude casarme con mi compañero, sino que incluso tuvimos la posibilidad de emprender el camino de ser padres.